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miércoles, 18 de noviembre de 2015

Sentencia judicial por insulto racista: ¿Por qué es importante?

El insulto “negra cocodrilo” -propalado contra la ciudadana Azucena Asunción Algendrones por una compañera de trabajo el año 2012- conllevó a un proceso judicial con sentencia condenatoria que ha marcado un precedente legal en el Perú. La sentencia en primera instancia se emitió el pasado viernes 13, pero no contra la mujer que emitió la agresión verbal, sino contra dos ex funcionarios de la empresa Sedam Huancayo -donde se produjo el incidente- por no haber atendido el caso adecuadamente al interior de la compañía.
La sentencia impone la pena de tres años de cárcel preventiva, una reparación civil de 5 mil nuevos soles y la inhabilitación por dos años para ejercer cargo público contra los dos ex funcionarios. El Comercio conversó del tema con Gabriela Perona, asesora del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, quien siguió todo el caso.
— ¿Qué tan importante es la sentencia emitida por el Poder Judicial? ¿Marca un precedente?
No ha habido antes un proceso penal admitido por discriminación racial en una corte, sí ha habido por discriminación por discapacidad. Con la sentencia, tenemos un paso importantísimo en el país, porque es un precedente. La discriminación racial en el Perú está condenada en el Código Penal, en el artículo 323; sin embargo, hasta la fecha no teníamos una sola sentencia ni juicio por discriminación racial. La sentencia nos da un precedente legal para el trabajo del resto de casos que existen.
— Anteriormente solo hubo casos con sanción administrativa…
Administrativamente sí tenemos bastantes casos por discriminación, pero en términos penales no. El aparato del Estado para proteger el derecho a la igualdad y a la no discriminación funciona regularmente bien para el tema administrativo: ponerle una multa a una empresa, retirar a un funcionario, son medidas que son fáciles de soportar. En el tema de los insultos, injuria, hostigamiento, el único camino que te queda es el penal. 
— Pero la compañera de la agraviada, que propinó el insulto, no fue incluida en el proceso…
Azucena denunció el caso administrativamente dentro de la empresa (Sedam Huancayo), pero el ex gerente (Luis Alberto Pérez Peralta) y el ex jefe de Recursos Humanos (Augusto Gianni Santisteban García) le dicen que no van a tomar ninguna acción porque se trata de una cuestión doméstica. Ella, en realidad, hace la denuncia contra ellos por no tomar acción frente a la situación.
— ¿Hay más procesos judiciales por discriminación racial actualmente?
No tenemos conocimiento de otro caso similar en algún juzgado penal, salvo el de la Paisana Jacinta, que lo llevamos a la Fiscalía de Prevención del Delito. Todavía está en proceso de investigación desde junio, es contra Frecuencia Latina por el delito de discriminación a través del programa televisivo. 
— En la web Alerta contra el Racismo, del Ministerio de Cultura, hay 82 reportes, ¿cómo se atienden?
Las competencias para investigar están -en el plano administrativo- en Indecopi, los ministerios de Trabajo, Educación, etc. En el plano penal, el Ministerio Público. Lo que hace Alerta contra el Racismo es colaborar con el agraviado principalmente y con la institución que tiene la obligación de investigar. Por cada caso reportado, el ministerio hace un informe legal para determinar si se trata de un caso de discriminación racial. Luego lo canalizamos a la institución correspondiente. Muchos casos al final terminan cambiando la figura del delito. Azucena ha formulado y diseñado la denuncia para que el agravio sea por discriminación racial.
— Las redes sociales son otro espacio de discriminación, ¿cómo se aborda el tema desde el ministerio?
Hemos trabajado una campaña de cómo denunciar situaciones de discriminación en las redes sociales. En la plataforma, encontramos un protocolo de qué hacer en cada una de las redes. Hemos trabajado con la empresa Facebook y, en caso haya una campaña de discriminación racial que es denunciada, la trabajamos juntos. 
— ¿Hay algún número de páginas eliminadas?
Por lo menos en mi registro, tengo unas cuatro páginas explícitas de discriminación sobre todo a personas afrodescendientes, que a través del trabajo conjunto con Facebook hemos podido eliminar. Pero en realidad, la lucha contra la discriminación racial implica una responsabilidad de cada uno de nosotros.
Dato
Los casos de discriminación étnico-racial pueden ser reportados al sitio web alertacontraelracismo.pe o al teléfono 6189393, anexo 4159. 
Fuente: El Comercio

viernes, 13 de noviembre de 2015

Reforma elevará calidad de educación en universidades



Reforma elevará calidad de educación en universidades

El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la constitucionalidad de la Ley Universitaria, con lo cual los docentes universitarios que no cuenten con el grado de magíster tendrán un plazo de cinco años, desde la publicación de esta sentencia en El Peruano, para adecuarse a las exigencias de la norma.
viernes, 13 de noviembre de 2015

Con esta decisión, el TC declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por diversas instituciones contra la norma que establece cambios en el sistema universitario.

Las demandas fueron rechazadas con los votos de los magistrados Óscar Urviola , Manuel Miranda, Carlos Ramos, Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña. Por su parte, los magistrados Ernesto Blume y José Luis Sardón emitieron voto singular.

El voto mayoritario de los magistrados precisa que la norma no afecta la autonomía de las universidades y ratificó también la legalidad de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), con sus funciones asignadas para el control de la calidad en la educación superior.

Estándares

Señala asimismo que tiene facultades para establecer las sanciones, dado que su finalidad “es asegurar de modo permanente la calidad de la educación universitaria, la temporalidad de la licencia y la posibilidad de disponer el cierre de aquellas universidades que no alcancen estándares mínimos de calidad”.

“Las resoluciones de sanción deberán estar debidamente motivadas y la sanción que se imponga debe resultar proporcional a la naturaleza y gravedad de la infracción en que haya incurrido la universidad”. 

Sobre la edad para el ejercicio de la docencia universitaria, el TC indica que no es discriminatorio establecer los 70 años, ya que la norma establece también que una vez que se llega a esa edad los docentes pueden seguir ejerciendo en forma extraordinaria, previa evaluación de sus capacidades.

Respecto al cese de las autoridades y de las instancias de gobierno de la universidad para adecuarse a la Ley Universitaria, el TC considera que ello no vulnera el derecho de elegir y cumplir con el mandato, como alega el Colegio de Abogados del Cono Norte, uno de los demandantes.

Explica que la norma prevé el cese de la Asamblea Universitaria, justamente para constituir un Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo, que se encargará de convocar, conducir y proclamar los resultados del proceso electoral conducente a designar a los miembros de la Asamblea Estatutaria. 

“Un vez aprobado el estatuto de la universidad, la Asamblea Estatutaria establece el cronograma de elección de las nuevas autoridades, así como el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes. Por esta razón no se está limitando el derecho de nadie a ser elegido”, puntualiza. 

En cuanto al plazo de 90 días que establece la Ley Universitaria para adecuarse a la norma, el TC indica que es adecuado, por cuanto las normas no prohíben fijar los plazos; además, recuerda que este organismo se pronunció para que el Estado adoptara medidas en el plazo más breve posible con el fin de garantizar la calidad de la educación.

Minedu satisfecho

El ministro de Educación, Jaime Saavedra, manifestó su satisfacción por el fallo del Tribunal Constitucional que ratifica la vigencia de la Ley Universitaria y respalda de esa manera la reforma. Tras insistir en que la norma respeta la autonomía universitaria, Saavedra sostuvo que con la sentencia del TC se pone fin a todo cuestionamiento respecto a la Ley Universitaria, por lo que todas aquellas universidades que aún se resisten a acatarla deberán cumplirla bajo las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan.

Respecto a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), el ministro precisó que la decisión del TC asegura su importancia para vigilar el cumplimiento de los estándares básicos de calidad en las universidades. 

Daniel Mora

El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora, consideró como una “gran noticia” la ratificación de la constitucionalidad de la Ley Universitaria y dijo que de esta manera se detendrán muchas acciones de amparo contra la aplicación de dicha norma. 

“Este fallo detendrá muchas acciones de amparo lanzadas, muchas veces, por jueces prevaricadores que han impedido que se continúe en forma decisiva a favor de la aplicación de la Ley Universitaria”, refirió.

aseguró que se trata de una buena norma que beneficia al estudiante, a los padres de familia y que permitirá el crecimiento y desarrollo de la educación superior a mediano y largo plazo.

Cifra

90  Días establece la Ley Universitaria para adecuarse a la norma. TC CONSIDERA QUE DICHO PLAZO ES ADECUADO.

Fuente: El Peruano