Reforma elevará calidad de educación en universidades
El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la constitucionalidad de la Ley Universitaria, con lo cual los docentes universitarios que no cuenten con el grado de magíster tendrán un plazo de cinco años, desde la publicación de esta sentencia en El Peruano, para adecuarse a las exigencias de la norma.
viernes, 13 de noviembre de 2015
Con esta decisión, el TC declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por diversas instituciones contra la norma que establece cambios en el sistema universitario.
Las demandas fueron rechazadas con los votos de los magistrados Óscar Urviola , Manuel Miranda, Carlos Ramos, Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña. Por su parte, los magistrados Ernesto Blume y José Luis Sardón emitieron voto singular.
El voto mayoritario de los magistrados precisa que la norma no afecta la autonomía de las universidades y ratificó también la legalidad de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), con sus funciones asignadas para el control de la calidad en la educación superior.
Estándares
Señala asimismo que tiene facultades para establecer las sanciones, dado que su finalidad “es asegurar de modo permanente la calidad de la educación universitaria, la temporalidad de la licencia y la posibilidad de disponer el cierre de aquellas universidades que no alcancen estándares mínimos de calidad”.
“Las resoluciones de sanción deberán estar debidamente motivadas y la sanción que se imponga debe resultar proporcional a la naturaleza y gravedad de la infracción en que haya incurrido la universidad”.
Sobre la edad para el ejercicio de la docencia universitaria, el TC indica que no es discriminatorio establecer los 70 años, ya que la norma establece también que una vez que se llega a esa edad los docentes pueden seguir ejerciendo en forma extraordinaria, previa evaluación de sus capacidades.
Respecto al cese de las autoridades y de las instancias de gobierno de la universidad para adecuarse a la Ley Universitaria, el TC considera que ello no vulnera el derecho de elegir y cumplir con el mandato, como alega el Colegio de Abogados del Cono Norte, uno de los demandantes.
Explica que la norma prevé el cese de la Asamblea Universitaria, justamente para constituir un Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo, que se encargará de convocar, conducir y proclamar los resultados del proceso electoral conducente a designar a los miembros de la Asamblea Estatutaria.
“Un vez aprobado el estatuto de la universidad, la Asamblea Estatutaria establece el cronograma de elección de las nuevas autoridades, así como el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes. Por esta razón no se está limitando el derecho de nadie a ser elegido”, puntualiza.
En cuanto al plazo de 90 días que establece la Ley Universitaria para adecuarse a la norma, el TC indica que es adecuado, por cuanto las normas no prohíben fijar los plazos; además, recuerda que este organismo se pronunció para que el Estado adoptara medidas en el plazo más breve posible con el fin de garantizar la calidad de la educación.
Minedu satisfecho
El ministro de Educación, Jaime Saavedra, manifestó su satisfacción por el fallo del Tribunal Constitucional que ratifica la vigencia de la Ley Universitaria y respalda de esa manera la reforma. Tras insistir en que la norma respeta la autonomía universitaria, Saavedra sostuvo que con la sentencia del TC se pone fin a todo cuestionamiento respecto a la Ley Universitaria, por lo que todas aquellas universidades que aún se resisten a acatarla deberán cumplirla bajo las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan.
Respecto a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), el ministro precisó que la decisión del TC asegura su importancia para vigilar el cumplimiento de los estándares básicos de calidad en las universidades.
Daniel Mora
El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora, consideró como una “gran noticia” la ratificación de la constitucionalidad de la Ley Universitaria y dijo que de esta manera se detendrán muchas acciones de amparo contra la aplicación de dicha norma.
“Este fallo detendrá muchas acciones de amparo lanzadas, muchas veces, por jueces prevaricadores que han impedido que se continúe en forma decisiva a favor de la aplicación de la Ley Universitaria”, refirió.
aseguró que se trata de una buena norma que beneficia al estudiante, a los padres de familia y que permitirá el crecimiento y desarrollo de la educación superior a mediano y largo plazo.
Cifra
90 Días establece la Ley Universitaria para adecuarse a la norma. TC CONSIDERA QUE DICHO PLAZO ES ADECUADO.
Las demandas fueron rechazadas con los votos de los magistrados Óscar Urviola , Manuel Miranda, Carlos Ramos, Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña. Por su parte, los magistrados Ernesto Blume y José Luis Sardón emitieron voto singular.
El voto mayoritario de los magistrados precisa que la norma no afecta la autonomía de las universidades y ratificó también la legalidad de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), con sus funciones asignadas para el control de la calidad en la educación superior.
Estándares
Señala asimismo que tiene facultades para establecer las sanciones, dado que su finalidad “es asegurar de modo permanente la calidad de la educación universitaria, la temporalidad de la licencia y la posibilidad de disponer el cierre de aquellas universidades que no alcancen estándares mínimos de calidad”.
“Las resoluciones de sanción deberán estar debidamente motivadas y la sanción que se imponga debe resultar proporcional a la naturaleza y gravedad de la infracción en que haya incurrido la universidad”.
Sobre la edad para el ejercicio de la docencia universitaria, el TC indica que no es discriminatorio establecer los 70 años, ya que la norma establece también que una vez que se llega a esa edad los docentes pueden seguir ejerciendo en forma extraordinaria, previa evaluación de sus capacidades.
Respecto al cese de las autoridades y de las instancias de gobierno de la universidad para adecuarse a la Ley Universitaria, el TC considera que ello no vulnera el derecho de elegir y cumplir con el mandato, como alega el Colegio de Abogados del Cono Norte, uno de los demandantes.
Explica que la norma prevé el cese de la Asamblea Universitaria, justamente para constituir un Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo, que se encargará de convocar, conducir y proclamar los resultados del proceso electoral conducente a designar a los miembros de la Asamblea Estatutaria.
“Un vez aprobado el estatuto de la universidad, la Asamblea Estatutaria establece el cronograma de elección de las nuevas autoridades, así como el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes. Por esta razón no se está limitando el derecho de nadie a ser elegido”, puntualiza.
En cuanto al plazo de 90 días que establece la Ley Universitaria para adecuarse a la norma, el TC indica que es adecuado, por cuanto las normas no prohíben fijar los plazos; además, recuerda que este organismo se pronunció para que el Estado adoptara medidas en el plazo más breve posible con el fin de garantizar la calidad de la educación.
Minedu satisfecho
El ministro de Educación, Jaime Saavedra, manifestó su satisfacción por el fallo del Tribunal Constitucional que ratifica la vigencia de la Ley Universitaria y respalda de esa manera la reforma. Tras insistir en que la norma respeta la autonomía universitaria, Saavedra sostuvo que con la sentencia del TC se pone fin a todo cuestionamiento respecto a la Ley Universitaria, por lo que todas aquellas universidades que aún se resisten a acatarla deberán cumplirla bajo las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan.
Respecto a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), el ministro precisó que la decisión del TC asegura su importancia para vigilar el cumplimiento de los estándares básicos de calidad en las universidades.
Daniel Mora
El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora, consideró como una “gran noticia” la ratificación de la constitucionalidad de la Ley Universitaria y dijo que de esta manera se detendrán muchas acciones de amparo contra la aplicación de dicha norma.
“Este fallo detendrá muchas acciones de amparo lanzadas, muchas veces, por jueces prevaricadores que han impedido que se continúe en forma decisiva a favor de la aplicación de la Ley Universitaria”, refirió.
aseguró que se trata de una buena norma que beneficia al estudiante, a los padres de familia y que permitirá el crecimiento y desarrollo de la educación superior a mediano y largo plazo.
Cifra
90 Días establece la Ley Universitaria para adecuarse a la norma. TC CONSIDERA QUE DICHO PLAZO ES ADECUADO.
Fuente: El Peruano
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