“No me queda ninguna duda de que Fuerza Popular, no solo en este proceso sino en los anteriores, hizo entrega de dádivas, bienes, artefactos, etc. El tema es probar la fecha de la entrega, debe ser después del 17 de enero”.
(Atoq Ramón)
Ricardo Monzón
@rmk_04
A menos de cuatro semanas para las elecciones, los entes electorales aún podrían excluir a candidatos. En esta entrevista, el analista electoral Julio Castiglioni da su postura sobre el caso de Keiko Fujimori.
¿La recomendación del área de Fiscalización del JNE obliga alJEE a fallar no excluyendo a Keiko Fujimori?
No. Lo que se busca cuando se pide la opinión de la Dirección Nacional de Fiscalización del JNE es que recoja las pruebas y dé una valoración. Pero esa opinión no es vinculante. Son los magistrados delJEE, dentro de los principios que tiene la administración de justicia electoral, los que tomarán una decisión.
No. Lo que se busca cuando se pide la opinión de la Dirección Nacional de Fiscalización del JNE es que recoja las pruebas y dé una valoración. Pero esa opinión no es vinculante. Son los magistrados delJEE, dentro de los principios que tiene la administración de justicia electoral, los que tomarán una decisión.
¿No es vinculante, pero deben tomar en cuenta la recomendación?
Tiene que tomarla en cuenta y analizar el informe. Esto lo pide el JEE para evitar cometer errores de procedimiento. Ya teniendo un análisis de los hechos, este informe es de carácter ilustrativo.
Tiene que tomarla en cuenta y analizar el informe. Esto lo pide el JEE para evitar cometer errores de procedimiento. Ya teniendo un análisis de los hechos, este informe es de carácter ilustrativo.
¿Cuál fue la tarea del área de Fiscalización del JNE?
Lo que hacen es un acopio de pruebas, recopilación de información, testimoniales, y sobre la base de ello emiten una opinión, pero su trabajo es preliminar. Juntan pruebas para ver si lo que se está solicitando, a su juicio, procede o no.
Lo que hacen es un acopio de pruebas, recopilación de información, testimoniales, y sobre la base de ello emiten una opinión, pero su trabajo es preliminar. Juntan pruebas para ver si lo que se está solicitando, a su juicio, procede o no.
¿Cree que fue diligente en su labor en este caso?
Tengo entendido que se han tomado manifestaciones a las personas vinculadas… En este caso, lo que hay es una fotografía. Que yo sepa, no hay ningún elemento de filmación o grabación, que para los casos de ofrecimiento son importantes.
Tengo entendido que se han tomado manifestaciones a las personas vinculadas… En este caso, lo que hay es una fotografía. Que yo sepa, no hay ningún elemento de filmación o grabación, que para los casos de ofrecimiento son importantes.
¿Qué prohíbe la ley?
La ley prohíbe entregar y ofrecer dinero o bienes.
La ley prohíbe entregar y ofrecer dinero o bienes.
¿Y eso no se puede probar con una fotografía?
La entrega sí se puede probar con una fotografía. El ofrecimiento, no, solo con un video… En este caso de Keiko Fujimori hay una fotografía que explica mucho, pero en la cual no se le ve haciendo la entrega. Esto, de alguna manera, ha pesado en su favor.
La entrega sí se puede probar con una fotografía. El ofrecimiento, no, solo con un video… En este caso de Keiko Fujimori hay una fotografía que explica mucho, pero en la cual no se le ve haciendo la entrega. Esto, de alguna manera, ha pesado en su favor.
En los últimos días, hemos visto más fotos de Keiko o de postulantes de Fuerza Popular donde aparentemente dan regalos. ¿Estas fotos son pruebas?
A mí no me queda ninguna duda de que Fuerza Popular, no solo en este proceso sino en los anteriores, ha hecho entrega de dádivas, bienes, objetos, artefactos, etc. El tema aquí es poder probar dos cosas. La primera, la fecha en que se produjo la entrega, debe haber sido después del 17 de enero, y la segunda es que esa fotografía demuestre la entrega.
A mí no me queda ninguna duda de que Fuerza Popular, no solo en este proceso sino en los anteriores, ha hecho entrega de dádivas, bienes, objetos, artefactos, etc. El tema aquí es poder probar dos cosas. La primera, la fecha en que se produjo la entrega, debe haber sido después del 17 de enero, y la segunda es que esa fotografía demuestre la entrega.
¿Cuándo la fotografía puede ser una prueba?
Si yo estoy parado frente a varios regalos y mi actitud es totalmente pasiva, esa foto no explica mucho. Pero si estoy parado frente a bienes que se han regalado y poso con ellos, como se ha visto, eso demuestra que sí se entregó. De la lectura de la fotografía se desprende que me estoy tomando una foto con algo que yo he entregado.
Si yo estoy parado frente a varios regalos y mi actitud es totalmente pasiva, esa foto no explica mucho. Pero si estoy parado frente a bienes que se han regalado y poso con ellos, como se ha visto, eso demuestra que sí se entregó. De la lectura de la fotografía se desprende que me estoy tomando una foto con algo que yo he entregado.
En el caso particular del concurso de baile organizado por Factor K, hay un video. En él no se ve que Keiko entrega el dinero, pero ella participa en el evento. ¿Eso es una prueba?
Es que en el video tampoco se ve la entrega. Y yendo al tema de la participación en el evento, la ley no sanciona eso. Pero este video debe ser valorado por el JEE. Luego del informe de Fiscalización, deben haberle corrido traslado a la señora Fujimori. Probablemente su personero pedirá el uso de la palabra, tendrá un día para responder. Y luego el JEE tendrá un día para emitir su fallo.
Es que en el video tampoco se ve la entrega. Y yendo al tema de la participación en el evento, la ley no sanciona eso. Pero este video debe ser valorado por el JEE. Luego del informe de Fiscalización, deben haberle corrido traslado a la señora Fujimori. Probablemente su personero pedirá el uso de la palabra, tendrá un día para responder. Y luego el JEE tendrá un día para emitir su fallo.
¿Pero este video es una prueba del caso?
Sí es una prueba.
Sí es una prueba.
¿Suficiente para excluirla?
La filmación demuestra la presencia de la señora Fujimori y la entrega de dinero y bienes, pero no se sabe de quién. ¿Se puede investigar la entrega de bienes? Sí, porque la ley dice entregar bienes de forma directa o a través de terceros.
La filmación demuestra la presencia de la señora Fujimori y la entrega de dinero y bienes, pero no se sabe de quién. ¿Se puede investigar la entrega de bienes? Sí, porque la ley dice entregar bienes de forma directa o a través de terceros.
Claro, porque aun cuando Fujimori no haya hecho la entrega, lo hizo alguien que apoya su candidatura.
Eso es lo que tiene que ponderar el JEE.
Eso es lo que tiene que ponderar el JEE.
¿Si fue un tercero, también podrían excluirla?
Por supuesto. Cuando hablamos de terceros, puede ser no solo alguien de Factor K, sino alguien que a nombre de ella entregó bienes. Lo que se tendría que probar es que esos señores, los que entregaron los bienes, lo hicieron a nombre de ella.
Por supuesto. Cuando hablamos de terceros, puede ser no solo alguien de Factor K, sino alguien que a nombre de ella entregó bienes. Lo que se tendría que probar es que esos señores, los que entregaron los bienes, lo hicieron a nombre de ella.
Bueno, pero dirá que no es así. ¿Cómo demostrar lo contrario?
Factor K tendría que demostrar la procedencia del dinero, porque ya sabemos que en anteriores oportunidades Fuerza Popular le ha hecho donaciones a Factor K, y esas donaciones están registradas en laONPE. Entonces, se puede inferir que esa donación Factor K la guardó para los premios… Factor K tiene que decir y demostrar de dónde sacó la plata para premiar.
Factor K tendría que demostrar la procedencia del dinero, porque ya sabemos que en anteriores oportunidades Fuerza Popular le ha hecho donaciones a Factor K, y esas donaciones están registradas en laONPE. Entonces, se puede inferir que esa donación Factor K la guardó para los premios… Factor K tiene que decir y demostrar de dónde sacó la plata para premiar.
En el caso de Kenji Fujimori, Fiscalización del JNE dio una recomendación similar. ¿Qué opina de esto?
Ahí el problema es la fecha. Los hechos se produjeron antes de que esté vigente la norma. Lamentablemente, hay un vacío legal en ese periodo.
Ahí el problema es la fecha. Los hechos se produjeron antes de que esté vigente la norma. Lamentablemente, hay un vacío legal en ese periodo.
AUTOFICHA
■ “Soy abogado de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Tengo una maestría en Ciencias Penales por la Universidad San Martín y un post-título en Gestión Municipal por la Universidad Católica. Pertenezco al estudio Castiglioni Ghiglino & Abogados”.
■ “Las instancias internacionales no se pronuncian sobre procesos electorales. Si pudieran intervenir en procesos, ya lo habrían hecho en Venezuela, en Cuba, en Ecuador, en Siria… Es decir, hay ejemplos más graves donde no han intervenido”.
■ “En el caso del señor Guzmán, está haciendo pataleta. Se quiere ir, pero haciendo bulla, tratando de mancillar la imagen del país. Aquí no hay fraude. El fraude no se consuma excluyendo a un candidato. El señor Guzmán tiene un profundo desconocimiento del tema electoral”
Fuente: Perú 21
No hay comentarios:
Publicar un comentario